Aborto: ¿Quién decide, la iglesia o la mujer?
En nuestro país se realizan más de 350 mil abortos clandestinos al año, 956 por día y 40 por hora¹.
Producto de estas intervenciones mueren aproximadamente 1800 peruanas. La gran mayoría de estos casos son mujeres de bajos recursos intervenidas sin las condiciones adecuadas y con terribles resultados: úteros perforados, hemorragias o infecciones graves. Además, como señala la doctora Rosa Mavila, Miembro de la Comisión Revisora del Código Penal, “la cifra podría incluso ser más elevada, pues muchos casos no se registran como aborto sino por las complicaciones que derivan de él”. A pesar de que el aborto en el Perú es ilegal, el resto de mujeres, con mayores recursos, puede acceder a practicarse un aborto en centros médicos de garantía, pagando 1000 nuevos soles y sin sufrir ningún daño. Entonces, nos preguntamos ¿para quién se aplica esta ley?
Según la OMS, entre el 13% y 20% del total de muertes maternas en el mundo, se dan por abortos mal practicados, es decir, alrededor de 200 000 mujeres mueren cada año por esta causa. Siendo esta la situación, el tema de la penalización aborto se convierte en un grave problema de salud pública que continúa afectando a miles de mujeres.
La iglesia católica ha expresado duras críticas a la posibilidad de que se legalice el aborto siquiera en casos de violación y aborto eugenésico, argumentando que se trata de la vida del feto. Pero lo que la realidad nos muestra es que sí se trata de la vida, pero de proteger la vida de las miles de mujeres afectadas por abortos clandestinos aplicados en malas condiciones y de hacer valer sus derechos, ya que una mujer, por estar embarazada, no deja de tenerlos. Pero además, siendo el nuestro un Estado laico, la iglesia católica no puede dictarle políticas. La separación entre iglesia y Estado se dio hace muchos años y es la base de la construcción de una república democrática. Además, como señala la doctora Rosa Mavila “hay que diferenciar delito de pecado. El Código Penal no es catecismo”.
Ahora bien, este debate se centra en si abortar es acabar o no con una vida humana. Al respecto, la Constitución Política de 1993, fuertemente influida por el catolicismo ultramontano del Opus Dei, definió como vida humana al concebido². Esta es una definición altamente controvertida que no comparte la mayoría de los científicos en el mundo. Un Estado laico no tiene porqué compartir un concepto sectario sobre la vida humana. La vida, para ser humana, tiene que ser social, psicológica, económica y política, si no estaríamos hablando también de otros seres vivos, como son los animales o las plantas. Además, la mayoría de los ordenamientos jurídicos contemporáneos consideran el nacimiento como el momento en el cual la nueva persona jurídica inicia su existencia. Por ello, no se puede comparar el embrión con la vida humana de la mujer en la cual se aloja.
Al quedar embarazada y tener un hijo, la vida humana que se verá afectada de manera directa es la de la mujer, por tanto es ella quien tiene derecho a decidir sobre su cuerpo. Esta decisión debe darse de manera libre y el Estado garantizarla. Despenalizar el aborto no es promoverlo y, como señala el abogado penalista y ex procurador José Ugaz “hay una grave violación al principio de la igualdad”. Y añade: “Si lo que se busca proteger desde la ley penal es la vida como bien jurídico, aquí hay un contrasentido evidente, por proteger la vida intrauterina desde la orilla criminal estamos causando muertes de vidas humanas independientes en cifras que resultan realmente alarmantes”³.
El debate se ha abierto y esperamos que no se cierre hasta lograr cambios importantes en nuestras políticas y en nuestra sociedad al respecto.
¹ Fuente: “El aborto clandestino en el Perú: hechos y cifras”, Delicia Ferrando, 2004.
² Constitución Política del Perú 1993. Título I, Capítulo I, Artículo2.
³ Ugaz, José “El aborto desde el enfoque jurídico penal”.
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