Un capítulo más en la lucha de clases entre trabajadores y empresarios
Carlos Mejía Alvites
En las últimas semanas, entre el referéndum y el intento de asilo de García en la embajada de Uruguay se han presentado, más que discutido, algunos elementos de una probable reforma laboral.
No se trata de una novedad, sino de un tema que viene siendo recurrente desde hace algunos años. Recordamos lo ocurrido con la denominada Ley Pulpin, una iniciativa aislada del MEF que fue aprobada en el Congreso y desató movilizaciones juveniles en contra hasta ser rápidamente derogada por el mismo Congreso. Luego tuvimos el proyecto de ley “de esclavitud laboral” que proponía cambios en las modalidades de capacitación técnica. Igual recibió un rechazo inmediato de trabajadores jóvenes y sindicatos.
Estas propuestas se enmarcan en un discurso neoliberal que parte de un diagnóstico económico que es materia de debate permanente. Para la derecha empresarial, el mercado laboral peruano es “rígido”, especialmente en los mecanismos de salida, es decir, en el procedimiento de despido. Los empresarios arguyen que es muy difícil despedir a un trabajador o trabajadora en el país. Les resulta económicamente caro y legalmente complicado. Más aún, porque arguyen, que el trabajador tiene el “derecho de reposición”. Esta supuesta rigidez del mercado obliga a los empresarios a permanecer en la informalidad para evitar los sobrecostos laborales que suponen cumplir con las normas legales.
Cualquier observador del mercado laboral peruano podrá apreciar que la realidad es bastante diferente a cómo la pintan los empresarios. Como han señalado diversos estudios, la mitad de las personas que reciben un salario se encuentra en la informalidad. Es decir, no tienen contratos y el despido no requiere obviamente de ningún trámite. Un día tienes trabajo y al día siguiente estas en la calle.
Del grupo que dispone de contrato laboral, alrededor del 70% son temporales, es decir, no requieren de un proceso de despido, pues el contrato ya lo incluye. Un empresario mediano en el país puede desarrollar sus actividades sin necesidad de despedir a ningún trabajador, pues tiene siete modalidades de contrato temporal. Un contrato temporal ya incluye el despido en la forma de “fecha de fin de contrato”. De esta manera, el empleador puede prescindir de cualquier trabajador sin necesidad de expresar razón o argumento alguno. Se trata como vemos de un despido, pero el empleador lo denomina “no renovación de contrato”.
Hay un porcentaje menor de trabajadores que dispone de un contrato a plazo indeterminado. Es lo que habitualmente se denomina “estabilidad laboral”. Ahora bien, “estabilidad laboral” no significa inmovilidad ni propiedad del puesto de trabajo. La legislación laboral señala diversos motivos por los cuales puede un trabajador ser justificadamente despedido. El profesor Neves señala que son 78 las causales de despido justificado en las normas laborales.
Asimismo, hay que destacar que, en los años 70, esta modalidad era conocida como el “régimen común” por ser precisamente la situación general o mayoritaria del mercado laboral. Pero actualmente es una situación marginal o excepcional. En este reducido grupo se ubica además el grueso de los trabajadores sindicalizados. Y este detalle es muy importante.
El argumento de la reforma laboral de los empresarios es “flexibilizar el mercado laboral” para adquirir mayor productividad y competitividad en el mercado global. El MEF ha elaborado un documento que define la Política Nacional de Productividad y Competitividad en donde establece entre otros temas, los ejes de una reforma laboral.
Allí se insiste en esta visión que busca eliminar derechos laborales para alcanzar mayores niveles de formalización laboral. Pero esta hipótesis esta desmentida desde hace más de una década por el régimen especial de las MYPES. Las cuales disponen de un marco normativo donde los trabajadores tienen menos vacaciones, sin CTS, sin gratificación ni asignación familiar. Y a pesar del mismo, el sector de MYPES sigue siendo en donde se registran los mayores índices de informalidad.
Y estamos seguros de que los ideólogos de la CONFIEP y sus operadores del MEF son conscientes de esto. El objetivo real de la “reforma laboral” no es formalizar a los trabajadores.
El núcleo de la propuesta empresarial consiste en eliminar el derecho a la reposición en caso de despido arbitrario. Nótese que se trata de un punto muy específico, pero los voceros empresariales lo presentan como un problema general. Y no lo es.
Si se cambia la decisión del Tribunal Constitucional en este punto, entonces cuando un empresario despide por "baja productividad" a 15 trabajadores, donde diez son afiliados al sindicato, en un proceso judicial, la defensa de los trabajadores podría demostrar que dicha razón es falsa, por lo que el despido sería arbitrario. En ese caso, el juez sólo podrá ordenar el pago de una indemnización económica. Los trabajadores ya no serán repuestos en sus labores. Y el sindicato quedaría reducido.
De esta manera, el grupo de empresas grandes podrán debilitar a los sindicatos que operan en ellas y eventualmente eliminarlos. El objetivo real de la reforma laboral de la CONFIEP es debilitar a los sindicatos mineros, de algunos bancos, industrias y grandes comercios. Son un grupo de grandes empresas que pueden pagar indemnizaciones con tal de prescindir de los sindicatos.
Para lograr esto, buscan aprovechar la popularidad de Vizcarra ganada en la lucha contra la corrupción. Ellos creen que, si el presidente impulsa dicha reforma, no tendrá la oposición de la opinión pública ni de la mayoría de los ciudadanos. Obviamente un mal análisis. Los temas del mundo del trabajo han logrado movilizar a miles de ciudadanos como señalamos al inicio. En parte, porque más allá del discurso de la CONFIEP sobre la rigidez del mercado laboral, la ciudadanía conoce y padece las precarias condiciones de trabajo en que nos desenvolvemos. En la última semana, la CGTP y las otras centrales sindicales estuvieron coordinando las medidas de respuesta y movilización frente a esta amenaza de reforma.
Por este enfrentamiento, asimismo, cae el Ministro de Trabajo Christian Sánchez, quien se había ubicado en la defensa de los principios del derecho laboral y por ende se oponía a la reforma promovida por la CONFIEP a través del MEF.
Al momento de terminar esta nota, el presidente Vizcarra anuncia que “Este gobierno no pretende realizar una reforma laboral que recorte los derechos adquiridos de los trabajadores, ni de quienes se incorporen al mercado laboral. El Consejo Nacional del Trabajo es un espacio clave de diálogo entre empresarios y trabajadores y el Estado, para que puedan consensuar y sugerir políticas de empleo.”
De esta manera, parece retroceder momentáneamente el gobierno en este tema. Esperamos que la sombra de una reforma antisindical y precarizadora del empleo se aleje de la escena política y que el diálogo social sea el instrumento para discutir los reales problemas del mundo del trabajo.
Comentarios
JUAN RODOLFO AC... (no verificado)
Jue, 12/13/2018 - 21:12
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EMPRESARIOS, CONFIEP Y TRABAJADORES
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