Sentencia de odio: Ley peruana contra los aymaras

Por: 

Pablo Najarro Carnero

En días pasados volvió a ser noticia el que vuelva a la cárcel Walther Aduviri. En el 2019, jueces de Puno condenaron a Aduviri Calisaya, hallándolo – según su parecer – como coautor no ejecutivo del delito contra la tranquilidad pública, en la modalidad de disturbios, por los hechos ocurridos durante la protesta denominada el "Aymarazo", ocurrida en el 2011.

Una de las juezas, dispuso que Aduviri, pague dos millones de reparación civil en favor del estado y beneplácito de Bear Creek. Después, ordenaron su inmediata captura y reclusión en un penal que disponga el Instituto Nacional Penitenciario. Hecho que se cumplió en parte. 

Según la ley llamada positiva, Aduviri, fue bien sentenciando. Pero, ateniéndonos a los usos y costumbres que todavía imperan de este lado de la cordillera, debemos entender que Aduviri no fue el sentenciado. La sentencia fue contra el pueblo aymara de Puno. ¿Por qué? Explicamos. 

La formación del Frente de Defensa de los Recursos Naturales de la Zona Sur de Puno, fue una creación de las autoridades de la zona sur. Específicamente de los tenientes gobernadores. 

La elección de Aduviri, no es porque él la haya solicitado. Según las costumbres, él fue designado para tal cargo. Para conocimiento. Los cargos que se asumen en nuestras comunidades andinas, no es por postulación, como usualmente sucede en las ciudades más alejadas del mundo andino. La comunidad decide quién será el próximo presidente de comunidad o encargo que se asigne. Siguiendo estos principios, incluso, el designado no puede rechazar el cargo. No es como en las ciudades más españolizadas. Uno puede declinar de algún encargo del barrio por cualquier excusa, sea esta real o fingida. De no aceptar el encargo, la comunidad sanciona – no es un puede – al que rechaza tal encargo. Por dicho encargo, la comunidad se hace responsable de las obligaciones que tiene el designado con su familia. Por eso, en la última protesta de diciembre en Juliaca, hemos visto la presencia numerosa de comuneros, para el caso de las zonas aymaras y quechuas de Puno. ¿Es por obligación? Sí. Así es la costumbre. A ningún miembro de una comunidad se le puede ocurrir negar tal obligación cuando es asignado. 

Entre líneas de la sentencia, escuchábamos que lo expuesto líneas arriba, que, para los susodichos jueces, Aduviri no podía ser considerado un aymara y comunero. ¿La razón? Aduviri ya había estudiado en una universidad y ergo, ellos, los jueces, consideraban que se sustraía de ser ya un aymara y comunero. Me recuerda a Nadine Heredia cuando decía que “campesino con celular, ya no es campesino”. Increíble. 

Los jueces no entendieron, aun teniendo peritos antropólogos, que Aduviri sólo cumplió un encargo de los comuneros de la zona. A ellos, no les interesó las razones que invocaba la defensa de Aduviri para ser evaluado desde una perspectiva cultural. Para ellos, la ley no distingue entre aymaras y cualquier hijo de vecino en el Perú. La ley, según ellos, es igual para todos. Así, no interesó los aspectos culturales de la protesta. 

Por ello digo que, la sentencia fue una sentencia de odio. Por el sólo hecho de dirigir las protestas – tal como se lo encomendó los tenientes gobernadores – fue declarado, incluso, coautor no ejecutivo.  

Fue una sentencia contra los aymaras. No es que Aduviri tenga que pagar dos millones de soles. Los aymaras en persona de Aduviri, la tienen que pagar. ¿El delito por el cual protestó, que sabemos era anticonstitucional? No interesó para el caso. 

Los aymaras protestaron. La cabeza visible de los aymaras es Aduviri. En nombre de ellos, la ley de espíritu minero, en el fondo, condenó a los aymaras del sur del Perú. Fue una sentencia de odio. Fue una sentencia contra Aduviri por ser aymara.