¿Volver a la ANR?
Nicolás Lynch
Este temor en forma de pregunta, de volver a la antigua Asamblea Nacional de Rectores (ANR), como ente que fue de coordinación universitaria, es como los grandes medios han expresado su preocupación sobre el reciente debate parlamentario respecto de las universidades. Ello se debe a que, en la Comisión de Educación del Congreso de la República, a través de un anteproyecto de ley presentado por Renovación Popular, se ha planteado la reforma del ente regulador de la educación superior universitaria, la Superintendencia Nacional de Educación Universitaria (Sunedu). En este caso, se apunta a varios temas que van directamente a una cuestión fundamental: la autonomía universitaria. Por ello, es indispensable recordar algunas cuestiones y planear otras que precisen el asunto.
Una de las novedades que trajo la ley universitaria 30220 fue un ente regulador público de las universidades, que existía en casi todo el mundo, pero no en el Perú. El proyecto original de esa ley consideraba esta innovación fundamental, pero con el nombre de Consejo Nacional de Universidades. A última hora, el nombre y el carácter del ente regulador se cambiaron por exigencia del entonces ministro de educación Jaime Saavedra. Se aprobó así la Sunedu, con nombre de guachimán, composición extrauniversitaria y atribuciones intervencionistas. Lo que era un excelente proyecto de ley quedó manchado con este cambio.
La Sunedu ha cosechado muy buena prensa en los últimos años procediendo al cierre de 51 universidades que no contaban con el mínimo de calidad para impartir educación universitaria. Esta es una acción que reclamamos durante años los que luchamos por una verdadera reforma universitaria y está muy bien que se haya llevado adelante. Sin embargo, este parece ser el único aspecto que se debate. Si alguien está en contra de la Sunedu, lo tachan como partidario de las universidades chicha que se cierran por malas. Además, de ella que se agarran los dueños de las universidades con licencia denegada para montar la campaña contra Sunedu y a la postre contra cualquier regulación. Pero las cosas no son así y, una vez más, el diablo está en los detalles.
Por ello digo que el cierre, una labor de baja policía en realidad, no es lo único que ha hecho la Sunedu. También se ha entrometido, junto con la Dirección de Educación Superior Universitaria del Ministerio de Educación, en el funcionamiento interno de universidades que funcionan bien, pretendiendo aprobar cuestiones básicas de cualquier institución universitaria como son los planes de estudio y la carrera docente, así como señalando directivas sobre la dinámica de su funcionamiento interno. Cuestiones que innegablemente atentan contra la autonomía universitaria.
¿Cómo salvar la regulación, indispensable para cualquier sistema universitario moderno y eliminar el intervencionismo actual, sin caer en los errores del anteproyecto presentado días atrás? Modificando cuatro aspectos. Primero, el carácter de “ente rector” que la ley 30220 en su artículo primero le da al Estado respecto de la universidad. Segundo, la composición de la Sunedu. Tercero, las atribuciones de esta. Y cuarto, cambiando el nombre de guachimán que tiene el regulador.
Es muy importante que el Estado sea ente rector de la educación en su conjunto y en especial de la educación universitaria. La educación es un derecho de los ciudadanos y una responsabilidad del Estado generar las condiciones para brindar el servicio respectivo y supervisar a los privados que también lo hagan. Sin embargo, la educación universitaria tiene características propias, una de las cuales es la autonomía de las instituciones que la proveen. Es difícil articular regulación con autonomía, pero es fundamental para que pueda existir la universidad. El anteproyecto que comentamos elimina este carácter de ente rector, lo cual es un error, porque si el Estado no aparece con claridad con una función delimitada va a aparecer informalmente haciendo lo que quiera. De allí, que es clave considerar al Estado como ente rector, pero limitando esta condición al desarrollo de políticas de estado de carácter general sobre la educación superior. La ley, sin embargo, en la modificatoria de Saavedra, va más allá y habla de “la política de aseguramiento de la calidad” lo que da pie a los atropellos, tanto del Ministerio de Educación que ahora se cree el super rector, como de la Sunedu, contra las universidades.
La Sunedu, asimismo, en lo que a su Consejo Directivo se refiere ha sido compuesta de una manera equívoca, de forma tal que parezca que las universidades tienen participación en este cuando en realidad no la tienen. En la formulación inicial de la ley 30220, en el Consejo Directivo hay dos personas que provienen de las universidades públicas y una de las universidades privadas, en un consejo de siete parecería que su voz pesa. Sin embargo, se trata de personas que llegan allí por un concurso de méritos organizado por el Ministerio de Educación y que luego son ratificados por el Consejo Nacional de Educación, Terminando con una Resolución Ministerial que firma el Ministro de Educación. En resumen, todo queda en casa.
En el anteproyecto presentado por Renovación Nacional, entiendo que, en el afán de devolverle el poder a la universidad, se señala que serán los rectores de las diferentes universidades los que elegirán a dos representantes de las públicas y dos de las privadas. En este punto se vuelve a la concepción corporativa y endogámica que presidía la antigua ANR. Si las máximas autoridades son los electores se llega naturalmente a una negociación de intereses, como mínimo unilaterales sino particulares. Es decir, no se elige en función de un todo, el sistema universitario, sino de la suma de muchas partes, cada una de las cuales suele pedir algo a cambio. Hay que evitar esta situación que ya la tuvimos en el pasado con resultados negativos para la universidad.
Para regresar el poder a la universidad, pero sin entregárselo a los rectores y su tentación corporativa, los representantes de las universidades públicas y privadas deben ser elegidos por los profesores principales con doctorado de las respectivas casas de estudio. Así, se diluye, aunque no se elimine, la tentación corporativa que se expresa en los rectores y no se deja de tener cuenta a la universidad, sin caer en los extremos endogámicos harto conocidos. De esta forma, el ente regulador tiene una presencia definitoria de la universidad, pero en la persona de expertos, que conozcan de primera mano la realidad universitaria.
En cuanto a las atribuciones del ente regulador este debe restringirse a una normatividad general y a la supervisión respectiva, pero jamás entrar a cuestiones específicas que tengan que ver con la enseñanza y/o la investigación, tal como lo hace la Sunedu y el Ministerio de Educación en la actualidad. Al actuar así, infringen la autonomía universitaria y se asumen como una autoridad que está por encima de los rectores y de los respectivos estatutos de las universidades.
Por último, el nombre que define a la institución como “superintendencia” y que refiere inevitablemente a represión, policía, castigo; en el argot nacional a guachimán, está alejado del espíritu universitario. Mientras que consejo, que viene del latín consilium, que refiere a conciliar y a entenderse, está más cerca de lo que busca un centro productor de conocimientos.
A esto hay que agregar la actitud de los tecnócratas del Ministerio de Educación y la Sunedu frente a las universidades, una actitud de distancia que les hace ver a estas, especialmente a las universidades públicas, como instituciones sospechosas, como si lleváramos algún pecado original imposible de borrar. Esta situación debe cambiar, para que la universidad pueda cumplir su función de productora de conocimientos, pero también, como históricamente lo ha hecho, de hogar de la cultura y la democracia peruanas.
No hay entonces que volver a la ANR, sino ser creativos e imaginar un órgano regulador indispensable, pero democrático y sobre todo universitario.