Extinción de Dominio: La Ley 32326, golpe a la Lucha contra el Crimen Organizado

Por: 

Rosa María Alva R.*

La reciente promulgación de la Ley 32326 por parte del Congreso y el Ejecutivo marca un giro preocupante en la lucha contra el crimen organizado y la corrupción en el Perú. Al modificar el Decreto Legislativo 1373, esta norma debilita gravemente la herramienta más eficaz que tenía el Estado para recuperar bienes obtenidos ilícitamente: la extinción de dominio.

¿Qué es la Extinción de Dominio?

Es un proceso judicial no penal que permite al Estado recuperar bienes obtenidos o utilizados ilícitamente, aunque no exista condena penal contra el dueño del bien. La finalidad es quitarle los recursos logísticos al crimen organizado (narcotráfico, corrupción, lavado de activos, minería ilegal, tala, trata de personas, etc.).  La extinción de dominio es una herramienta eficaz para recuperar bienes ilícitos y garantizar que estos no permanezcan en manos de quienes los obtuvieron al margen de la ley. Esta medida no nace de la nada: Perú la adoptó como parte de acuerdos internacionales, como las convenciones de Viena, Palermo, Mérida y Caracas, que buscan combatir el crimen organizado a nivel global.

Durante años, esta figura jurídica permitió al país arrebatarle a las mafias, corruptos y lavadores de activos más de 160 millones de dólares en propiedades, cuentas bancarias y hasta lingotes de oro. No requería esperar sentencias penales que, en muchos casos, tardan décadas o nunca llegan. Bastaba con demostrar el origen ilícito del bien. Con la nueva ley, eso ya no será posible.

¿A quién protege esta reforma?

Los defensores de la ley hablan de garantizar el derecho de propiedad y el debido proceso. Pero el resultado práctico es que se blinda a los poderosos de perder sus fortunas mientras enfrentan juicios que pueden manipular, retrasar o simplemente enterrar. Exigir una sentencia firme para iniciar el proceso de extinción es, en la práctica, darle ventaja a quienes pueden pagar costosos abogados, sobornar jueces o fugar del país. A esto se suma que la modificatoria reduce el plazo de prescripción a solo cinco años.

El argumento de proteger garantías se convierte en una coartada jurídica para proteger intereses oscuros. Y esto no es una opinión aislada: el propio Ministerio Público, el Poder Judicial y el Ministerio de Justicia —es decir, los actores más cercanos a esta herramienta— advirtieron que más de 5,000 procesos en curso quedarían paralizados o anulados. La mayoría involucra delitos como lavado de activos, corrupción, minería ilegal y crimen organizado.

Retroceso institucional

Lo más grave es que este cambio se produce en contra de todas las recomendaciones técnicas y jurídicas. A pesar de las advertencias de los operadores del sistema de justicia, el Congreso aprobó la norma y la presidenta Dina Boluarte la promulgó sin observarla. Se pasó por alto, además, el riesgo de incumplir tratados internacionales firmados por el Perú, como las convenciones de Viena, Palermo y Mérida. Todo indica que estamos ante una legislación que no busca resolver un problema jurídico, sino uno político: proteger a una clase dirigente cada vez más cercada por investigaciones de criminalidad.

Las consecuencias

El impacto será profundo. Casos emblemáticos como los de Vladimir Cerrón, Alejandro Toledo, Pedro Pablo Kuczynski, Rodolfo Orellana, y decenas de redes criminales podrían quedar en el aire. No por falta de pruebas, sino porque ahora se exige una sentencia que puede tardar años o simplemente nunca llegar. ¿A quién beneficia eso? El propio Ministerio de Justicia en uno de sus comunicados ha dicho que “beneficiarían directamente a organizaciones criminales y delincuentes que adquieren bienes que son utilizados para sus actividades ilícitas en perjuicio de la sociedad”

Además, el Perú corre el riesgo de ser sancionado por organismos internacionales como el GAFI-Grupo de acción financiera Internacional, lo cual afectaría su imagen financiera y la posibilidad de integrarse a la OCDE. Se debilita la cooperación internacional en la lucha contra el lavado de activos, se resta eficacia a la acción del Estado y se manda un mensaje desolador: en el Perú, el crimen puede pagar… y conservar su patrimonio.

Un golpe a la esperanza de justicia

Esta ley no solo favorece a los corruptos, sino que quebranta la confianza de la ciudadanía en la justicia. Cuando las herramientas efectivas son desmanteladas desde el propio Estado, ¿Qué queda? El mensaje es claro: se protege más al dinero ilícito que a los millones de peruanos que sufren las consecuencias del crimen.

¿Qué hacer ahora?

Ante este retroceso normativo, el camino no está cerrado. Existen mecanismos constitucionales y legales que pueden ser activados para revertir esta situación. La Ley 32326 puede y debe ser demandada por inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional, porque vulnera principios fundamentales del orden jurídico peruano, como la proporcionalidad, al dificultar excesivamente la recuperación de bienes ilícitos; la eficacia del Estado en la lucha contra el crimen; y el interés público, al abrir la puerta a la impunidad.

Además, es posible activar los mecanismos de control difuso, por los cuales los jueces pueden inaplicar una ley si consideran que contradice la Constitución o los tratados internacionales sobre derechos humanos y lucha contra la corrupción, que tienen rango constitucional conforme al artículo 55 de la Constitución.

El Ministerio Público, el Poder Judicial y la sociedad civil organizada deben actuar. Ya lo han advertido públicamente, ahora corresponde canalizar esa posición mediante acciones legales concretas. Asimismo, los ciudadanos debemos exigir rendición de cuentas a nuestros representantes y demandar su derogatoria o reforma inmediata.

El Perú no puede resignarse a ser un santuario de la impunidad patrimonial. La extinción de dominio fue una conquista del Estado frente al crimen organizado. Renunciar a ella es renunciar a la justicia y perpetuar la impunidad.
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*Abogada por la Universidad Científica del Sur, Licenciada en Ciencias de la Comunicación de la Universidad San Martín de Porres.