Aborto por violación y Tía María

Por: 

Carlos Bedoya

Si en el Perú aborta una mujer que quedó embarazada a raíz de una violación sexual, la ley penal la castiga. Pero, si un policía mata durante la represión en una protesta social, la ley penal lo pasa por alto. ¡Qué paradójico! Se defiende al concebido hasta en un caso extremo, pero no hay reparos con la vida del que ya nacido y convertido en persona es pobre y protesta.

Un sinsentido que demuestra que a los liberales de las inversiones y los TLCs, les importa cuatro pepinos los derechos a la salud física y psíquica de la gente. El caso más claro de esta posición es el del congresista Juan Carlos Eguren, quien ha criticado duramente al gobierno por su “tibieza” en el manejo del conflicto social Tía María en Arequipa, apoyando totalmente a la Southern y a todos los que quieren sacar el proyecto no importa si es a sangre y fuego, pero al mismo tiempo defiende a capa y espada “la vida” originada por una violación sexual.

Lamento que en la Comisión de Justicia del Congreso, presidida por Eguren e integrada por ultra conservadores como el fujimorista Julio Rosas, se haya archivado el proyecto de ley que despenalizaría el aborto en casos de violación, consagrando una vez más al Perú como una caverna.

Y vaya que los países liberales no tienen problemas en regular su economía, poner límites al mercado e imponerle reglas a la inversión, e igualmente garantizar los más amplios derechos civiles, políticos, sociales, culturales, económicos, etc. Temas como el aborto son considerados como una decisión de las mujeres y el Estado les brinda las condiciones de salud y seguridad en el momento oportuno para hacerlo.

Ahora bien, las mujeres que tienen la convicción de no abortar, así estén embarazadas de un bebé sin cerebro (anencefálico) que moriría al poco de nacer, o que fueron preñadas por una violación sexual, tienen el derecho de seguir con su embarazo. Muchas de ellas se ganarán el cielo según sus creencias, pero las que no desean pasar por esa experiencia traumática, deben tener a la política pública de su lado.

El artículo 120 del Código Penal señala que “El aborto será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de tres meses: 1. Cuando el embarazo sea consecuencia de violación sexual fuera del matrimonio o inseminación artificial no consentida  y ocurrida fuera de matrimonio, siempre que los hechos hubieran sido denunciados o investigado, cuando menos policialmente…”. Y el proyecto de ley archivado (iniciativa ciudadana con más de 54 mil personas) proponía: “No es punible el aborto practicado con el consentimiento de la mujer embarazada… cuando el embarazo sea resultado de un acto de violación sexual…” ordenando al Ministerio de Salud protocolizar la atención de estos casos. Eso era todo.

Pero no. Lo más conservador del país está dispuesto a que un agresor y una víctima sigan engendrando. Se trate de un embarazo por violación o de un proyecto minero. Sufrimiento garantizado.

Publicado en El Diario Uno 31 Mayo 2015

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