La sentencia del tremendo juez

Hemos terminado de leer un texto donde la forma no es lo único anecdótico. En él, el diccionario legal se encuentra en lucha con la literatura absurda, los personajes de fantasía rayan con los reales (todos queremos conocer a Vargas Prada confundido con Gonzáles Prada) y hacen falta fichas de resumen para seguirle el paso a 60 páginas de complejidad textual como poco antes se ha visto. Pero el texto es preocupante porque se trata de una sentencia emitida por el juez Malzón Urbina quien, derrochando verbo florido (?), falló ayer a favor de los comerciantes de La Parada.

El escenario político que genera un fallo como este resulta evidente. Esta sentencia busca, esperamos que sin éxito, restar legitimidad y autoridad a la ratificada en el cargo, Susana Villarán, quien, como anunció en conferencia de prensa, rechaza esta sentencia y se compromete a velar porque el orden en Lima no se pierda debido a los intereses que ya conocemos.

Veamos, ahora, los argumentos que, entre tanto enredo lingüístico, este juez defiende. En primer lugar, el juez Malzón Urbina (quien figura como inactivo según el portal del Colegio de Abogados de Lima) indica que el contrato por el que Luis Cánepa Caycho dona el terreno donde se instala La Parada señala que el espacio debe ser utilizado sólo como mercado de alimentos. Esto no es exacto. En el artículo II de la cesión gratuita (donación) firmada por Cánepa Caycho en setiembre de 1944, se indica que el terreno fue entregado para construcción y establecimiento de un mercado mayorista y otro minorista pero que el único propietario es el Concejo Provincial de Lima y no existe, en el documento, ninguna cláusula que impida a esta entidad pública destinar el espacio para la construcción de otros ambientes municipales. A ello añadimos que han pasado más de 60 años desde que dicho contrato fuera firmado. ¿No han cambiado las condiciones, espacios, demandas, necesidades, etc. de la ciudad? Por un lado, la reubicación del mercado es legal y por otra, es totalmente lógica.

En segundo lugar, el juez Urbina indica que durante el “desalojo” no se cumplió el debido proceso ya que no se acudió, previamente, al Poder Judicial. Esto es falso. No hubo ni desalojo ni planes de desalojo en el caso La Parada. Lo que se hizo fue abrir el espacio en Santa Anita e invitar a los comerciantes a mudarse al nuevo establecimiento. Sin embargo, al acudir tan pocos a los diversos llamados, se impidió el acceso a los camiones abastecedores de La Parada y ello fue lo que utilizaron los comerciantes de La Parada como motivo para iniciar un enfrentamiento lamentable como el que vimos hace unos meses. Es más, a quienes quedaron dentro nadie los ha botado hasta el día de hoy. No hubo desalojo, por tanto no se incurrió en falta.

El reordenamiento de La Parada no es una aventura antojadiza ni mucho menos caprichosa, ni ilegal como se quiere hacer creer, es una necesidad en una ciudad que merece todas las condiciones de salubridad respecto de los alimentos que consume así como de los comerciantes que merecen todas las garantías para desarrollar la actividad comercial.

En Lima hacen falta diversos cambios. Este era uno de los que dio inicio la alcaldesa Villarán y que hemos esperado durante cuarenta años. Sin embargo, revocando a autoridades que inician reformas fundamentales para la ciudad, obstaculizando las ya iniciadas y perpetuando directa o indirectamente el caos nunca lograremos la ciudad que merecemos. Lima NO puede parar, pero cuidado que fallos como este hacen que hasta retroceda.

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