Informe de la CIDH: Se cometieron “graves violaciones de derechos humanos en las protestas en Perú”

Por: 

Carlos Rivera Paz

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos [CIDH] acaba de presentar su informe sobre la “Situación de Derechos Humanos en el Perú en el contexto de las protestas sociales” y los efectos que ha tenido son demoledores. Si bien la presidenta Boluarte y un sector de la derecha pretendieron desconocer el valor del mismo en el intento han sido literalmente aplastados por la evidencia y conclusiones que contiene este importante documento.

Debemos comenzar señalando dos cosas. La CIDH es el órgano de un tratado internacional -la Convención Americana sobre Derechos Humanos- y, consecuentemente, el Estado peruano está obligado a cumplir y acatar sus recomendaciones. Lo otro es que este es el tercer informe de DDHH que la CIDH emite sobre Perú. El primera data de 1993 y el segundo fue publicado el año 2000. Solo las fechas nos revelan la gravedad de la situación que estamos viviendo y que se pretende ocultar, como en el pasado.

Ahora bien, considero que el Informe simplemente ha plasmado la muy grave realidad que el Perú vivió entre diciembre de 2022 y enero 2023, en la cual es un hecho más que evidente que las fuerzas del orden- policía y ejército- perpetraron graves violaciones a los derechos humanos en el marco de las protestas sociales. 

El informe es muy claro en señalar que estos hechos se han producido como consecuencia directa del golpe de Estado de Pedro Castillo, perpetrado el 7 de diciembre de 2022, pero también señala de manera precisa que en el Perú existe una crisis institucional y política que nuestro país viene arrastrando desde el año 2016. El hecho de dar cuenta de las llamadas acusaciones no probadas de fraude electoral en las últimas elecciones presidenciales y las incesantes confrontaciones entre los poderes públicos refleja bien este elemento. Todo esto resulta -desde todo cualquier de vista- fundamental para entender la dimensión de la crisis política que vivimos y sobre la cual pareciera no encontramos aun una salida democrática. 

A diferencia de otros documentos -como el reciente informe de HRW- el de la CIDH apunta a asumir el problema institucional como un asunto central sobre el que debe pronunciarse y hacer recomendaciones fundamentales como, por ejemplo, la necesidad de defender los órganos del sistema electoral y la Defensoría del Pueblo.

Es sobre ese contexto político en que la CIDH destaca una delicada marca de discriminación y pasa a hacer una cruda presentación y valoración de los crímenes perpetrados contra 57 peruanos/as que perdieron la vida y contra varios cientos que terminaron heridos como consecuencia de un uso desproporcionado de la fuerza letal. 

Cuando analiza los hechos, que luego califica como graves violaciones a los derechos humanos, el Informe comienza declarando que “la fuerza potencialmente letal no puede ser utilizada meramente para mantener o restituir el orden público o para proteger los bienes jurídicos menos valiosos que la vida…” y somete a valoración tales hechos “…a la luz de las obligaciones internacionales adquiridas por el Estado peruano…”

Si bien entre diciembre de 2022 y enero de 2023 se produjeron muertes de manifestantes en Abancay, Ayacucho, Junín, Arequipa, Puno, Cusco, La Libertad y Lima el Informe decide profundizar en los hechos producidos en Ayacucho -el 15 de diciembre- y en Puno -el 9 de enero- para dar cuenta de la gravedad de las circunstancias en las que se han producido y el nivel de las responsabilidades del Estado peruano.

En Ayacucho, luego que el Ejecutivo dispuso que las FFAA controlen el orden interno, se produjo la muerte de 10 personas. Las evidencias forenses y documentales [videos] rápidamente han determinado que esas personas fueron asesinadas por los militares. Por ello el Informe de la CIDH declara que “…al ser perpetrados por agentes del Estado, podrían constituir ejecuciones extrajudiciales, extremos que deben ser investigados por fiscales especializados en derechos humanos. Además, al tratarse de múltiples privaciones del derecho a la vida, dadas las circunstancias de modo, tiempo y lugar, podrían calificarse como una masacre. La Comisión expresa su firme condena.”

Si bien el término masacre es de uso común en el derecho internacional y por organismos y tribunales internacionales, en el caso de Perú muy pocas veces un organismo como la CIDH había hecho uso del mismo. El haberlo hecho ahora da cuenta de la gravedad de los crímenes que denuncia. 

Respecto de los crímenes perpetrados en Juliaca no es menos grave lo que indica el Informe de la Comisión, ya que sostiene que “…se habrían presentado situaciones de uso excesivo e indiscriminado de la fuerza por parte de agentes del Estado, que habrían resultado en graves violaciones a los derechos humanos en contra de participantes en las protestas, como de terceras personas…”

Como podemos apreciar los hechos que son materia de esta denuncia internacional no pueden taparse con declaraciones negacionistas de parte de la presidenta o del primer ministro, menos aun si ambos tienen la condición de investigados por los asesinatos perpetrados. 

Tras la publicación del Informe tenemos un camino muy complejo y difícil que recorrer, sobre todo en los pasillos de la justicia para determinar y sancionar a todos los responsables. Por ello, las principales recomendaciones del Informe recaen en lo que la CIDH identifica como reparación y atención a las víctimas y lucha contra la impunidad, en el que el rol del Ministerio Público es simplemente fundamental, el cual, hasta fecha, no está cumpliendo.