Código del consumidor: Primero son los derechos ciudadanos

En las últimas semanas, el anteproyecto del código de consumo ha concitado un alto interés y espacios de interesante debate.A continuación, pasamos a revisar brevemente este tópico.

Antes que todo, el análisis debe partir reconociendo que el rol de consumidor es solo una dimensión de la ciudadanía, entendida ésta como el abanico total de normas y procesos -léase derechos y deberes- que define la pertenencia del individuo a la sociedad. Por lo tanto, este tema no debe limitarse al plano estrictamente economicista-comercial (como muchos abogados que fungen de economistas pretenden hacerlo), sino al de los derechos y deberes ciudadanos. 
El tema de fondo aquí es el papel que debe asumir el Estado articulado con las asociaciones de la sociedad civil en la relación: consumidor-proveedor. El análisis de esta cuestión pasa por tener en claro que en el país tenemos una estructura de mercado con un carácter predominantemente oligopólico. Basta con revisar los índices de concentración económica¹ en la mayoría de sectores del país para verificar indicios válidos en relación a este punto. Por lo tanto, es erróneo desarrollar este tema partiendo del supuesto de una economía con una estructura de competencia perfecta. La hipótesis no puede imponerse a los datos empíricos, sino exactamente lo contario. 
Consecuentemente, si tenemos una sociedad con una fuerte concentración del poder económico, lo que tiene su correlato en el poder político, resulta imperativa una también fuerte presencia del Estado que sirva de contrapeso a esta situación, promoviendo una mayor competencia y –principalmente- limitando las posibilidades de abuso para con todos nosotros: los consumidores y antes que todo ciudadanos.
Respecto al rol del consumidor, se ha querido exponer el concepto de soberanía del consumidor² cual dogma económico para desvirtuar cualquier intervención del Estado en pos de controlar políticas abusivas contra el consumidor. Lo que se olvidan de decirnos es que el cumplimiento de la soberanía del consumidor tiene como condición sine qua non  un contexto de información completa que no es el caso.  
No debemos perder de vista de que el verdadero respeto y valoración del consumidor conforman una de las principales columnas vertebrales del sistema de mercado, por lo cual se encuentran en línea con la obtención de una mayor eficiencia económica en el país.  
Para finalizar, con respecto al documento final del código del consumidor, huelga decir que éste debiera promover una mayor presencia del Estado, pero que esta presencia no debiera restringirse únicamente al mayor acceso de información para los consumidores. Sino que refleje y sea consciente del reconocimiento de los derechos ciudadanos y del rol fundamental  del Estado como contrapeso a la fuerte concentración del poder político-económico predominante en el país. Y de esta forma no termine como un documento presa de poderosos lobbies. Debido a la relevancia del tema seguiremos desarrollándolo en posteriores infodiarios.

¹Para mayor detalle revisar: Jorge Chávez Álvarez, "Estructuras de Mercado e Instituciones ¿Dónde Estamos?". Políticas de Competencia del Perú. Dicho  documento, muestra altos índices de concentración (IHH)  en los mercados de gran parte de los productos en el Perú.
²De acuerdo a éste, el consumidor es el individuo quién mejor conoce y juzga sus propias necesidades. Y por ende, sabe mejor que nadie lo que le conviene al momento de realizar una compra.

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