Necesitamos un Estado Peruano laico

En el país, no se puede legislar a favor de los creyentes discriminando a todos los demás ciudadanos. Con la aprobación de la Ley sobre el Ejercicio de Libertad Religiosa por la Comisión de Constitución del Congreso, se emite una norma para extender algunos privilegios que goza la Iglesia Católica a los demás grupos religiosos, pero deja de lado a los no creyentes.

Esta norma trata de arreglar la desigualdad existente en la relación con el Estado y las otras Iglesias, en la que se privilegia a la Iglesia Católica. ¿Cómo es la relación entre el Estado Peruano y la Iglesia Católica? En 1980, la Santa Sede y el Perú firmaron un acuerdo de cooperación, donde el Estado reconoce que la Iglesia juega un rol importante para el desarrollo de nuestra sociedad y le otorga un trato “preferencial”. Así, el Estado está obligado a conceder salarios al personal activo o retirado de la Iglesia, como los arzobispos, obispos, consejeros episcopales, misioneros, párrocos, sacristanes, entre otros. Este año, la “subvención” a la Iglesia Católica es de S/. 2, 603 000. Esto sin contar que los Obispados Castrenses recibieron S/. 271, 880 y la Oficina Nacional de Educación Católica (ONDEC), S/. 17, 300.

Con esta nueva ley estos beneficios podrían ser también para las otras entidades  religiosas. ¿Quiénes serían las beneficiadas? Pues, asociaciones religiosas que practican creencias respecto a un “orden superior, trascendente y sobrenatural”. Por tanto, los grupos que realizan cultos espiritualistas, los ateos, los agnósticos y aquellos que no tienen iglesia, quedarían al margen de esta ley. Pero, ¿cómo se beneficiarían las entidades religiosas mencionadas en la ley? Este es el aspecto más polémico de la norma, pues el Estado deberá promocionar y facilitar la participación de dichas entidades en la búsqueda del “bien común”, lo que podría ser entendido como apoyo económico. Serían beneficiadas también con exoneraciones tributarias y con facilidades para el ingreso de sus donaciones.

Si bien la mayoría de peruanos se reconoce como miembro de alguna Iglesia, otorgar estos privilegios a los creyentes no favorece la construcción de un Estado Peruano laico para todos los peruanos. Un Estado laico significa que “… el orden político debe tener la libertad de elaborar normas colectivas sin que alguna religión o convicción particular domine el poder y las instituciones públicas”¹. Un Estado laico es un Estado de libertad de culto, pero también de la libertad de no creer. Por todo esto, el Estado Peruano no debería otorgar a las Iglesias más privilegios de los que le otorga a cualquier asociación sin fines de lucro. 

¹Artículo 2º de la Declaración Universal de la Laicidad del Siglo XXI.
http://centauro.cmq.edu.mx/dav/libela/paginas/DocuEspeciales/Declaracion.pdf

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