Ley que pretende formalizar la deforestación en la Amazonía debe ser archivada

Por: 

Sandro Chávez (*)

Si tomamos en cuenta, la importancia de lo que significa la COP 27, que se ha iniciado en Egipto, donde los países se esfuerzan por tomar decisiones para mitigar el cambio Climático que se acelera por la imparable emisión de gases de efecto invernadero como el CO2, conservar los ecosistemas tan vulnerables como los bosques, es una prioridad vital para el futuro de los seres vivos en el planeta, en particular de los seres humanos.

En ese contexto crucial, los proyectos de ley 649/2021-CR, 894/2021-CR y 2315/2021-CR, que confluyeron en la autógrafa observada por el presidente de la república, que pretendía modificar la ley 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, para legalizar en la práctica el cambio de uso no autorizado con fines agropecuarios y que por tanto formalizaría la deforestación, habría sido fatal para nuestros bosques. 

La autógrafa observada por el Ejecutivo, regresó para su reformulación o archivamiento a la Comisión Agraria (CA) y se derivó además a la Comisión de Pueblos Andinos, Amazónicos, Afroperuanos, Ambiente y Ecología (CPAAAAE) del Congreso.

Lamentablemente la CA pretende buscar su aprobación por insistencia de esta autógrafa, sin tomar en cuenta que el 82% de la deforestación se produce por la tala y quema de bosques para abrir pequeñas chacras1, lo cual va a contracorriente de lo que dicen los expertos y los organismos internacionales, desconociendo la importancia de los bosques y sus suelos, los de cuales  almacenan más carbono que cualquier otro ecosistema terrestre y juegan un rol vital en la mitigación de la creciente inestabilidad del clima, por tanto, su deforestación, solo contribuirá al agravamiento del cambio climático.

Existen serias observaciones a esta Ley de modificación, de instituciones como el Ministerio del Ambiente (MINAM), el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (MIDAGRI) y la Defensoría del Pueblo, así como de diversas organizaciones de la sociedad civil, en especial de los pueblos indígenas. 

Si se modifica el actual régimen de clasificación de tierras por su capacidad de uso mayor (CTCUM) y las normas sobre la autorización de cambio de uso de suelo, pondría en un alto riesgo a la biodiversidad que habita en los ecosistemas que existen en nuestros bosques, los cuales son muy vulnerables y su afectación también será a los derechos de los pueblos indígenas de nuestra Amazonía. 

La Disposición Complementaria Final de la autógrafa observada, propone habilitar a los poseedores y propietarios de predios rústicos con constancia de posesión o título de propiedad, para continuar realizando de manera exclusiva actividades agropecuarias en sus predios, cuando dichas actividades deben darse únicamente en tierras aptas para cultivos y pastos, y no en tierras forestales o de protección, con o sin cobertura boscosa; por tanto esta disposición es la legalización de la deforestación y su incentivo para otros que verán la oportunidad de talar el bosque, es decir, se habrá formalizado el “hecho consumado”.

La autógrafa observada, también plantea que en lugar del MINAM, sea el MIDAGRI la entidad pública que conduzca los procesos creados para establecer los bosques de producción permanente de las categorías I y II, y apruebe la zonificación forestal, olvidándose que el MINAM tiene como origen, la promoción de la conservación del ambiente, el uso sostenible y ético de los recursos; para lo cual tiene como funciones el ordenamiento territorial, del cual la zonificación forestal es parte fundamental, por tanto al ser excluido de esta labor, se perjudicaría la conservación y manejo sostenible de los bosques.

En realidad, es poner al “gato de despensero”, pues para el MIDAGRI según la Política Nacional Agraria 2021-2030, en su tercer Objetivo Prioritario, señala que … “busca mejorar el acceso a los recursos naturales en la producción, principalmente el suelo, recurso agua y praderas naturales”…, es decir, el MIDAGRI por más que no quiera reconocerlo, siempre estará sometido a presiones de diversa índole, para ampliar la frontera agrícola, que dicho sea de paso, el principal responsable de evitar la deforestación es el SERFOR quien hoy está bajo la tutela de este ministerio y que en materia de deforestación las cifras han ido en aumento.

Esta pretendida modificatoria de ley 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, nos trae nuevamente a la memoria, los lamentables sucesos del “Baguazo”, que se dieron el 5 de junio del 2009, donde se registraron incidentes en Bagua (Amazonas) que dejaron como saldo la muerte de 33 personas. El congreso de la república tiene en sus manos evitar mayores conflictos y debe en concordancia con lo que señalan las tendencias mundiales hoy, que bosques deben ser conservados y con ellos su gran biodiversidad y sus grandes defensores, los pueblos indígenas, por tanto, esta autógrafa observada por el ejecutivo debe ser archivada definitivamente.

(*) Biólogo, ex jefe del SERNANP

[1] Minam. Geobosques. Pérdida de bosque 2020.