¿Por qué una Nueva Constitución para el Perú?
Nicolás Lynch
En los últimos tiempos, especialmente agitados en el Perú, el reclamo de una Nueva Constitución se ha convertido en bandera de masas, despertando los temores más profundos de quiénes han forjado su poder al amparo de la fracasada constitución de 1993. Uno de los argumentos de quiénes expresan este temor es que los que levantamos la bandera de Nueva Constitución no sabemos lo que esto significa ni por lo tanto lo que queremos. Voy por ello a dedicar estas líneas a explicar, por enésima vez, el significado de una Nueva Constitución para el Perú.
1. La definición de constitución
Empecemos por la definición sustantiva. ¿Qué es una constitución? En un Estado democrático, es la norma jurídica suprema que expresa un acuerdo entre los ciudadanos de un determinado país. En nuestro caso, un acuerdo entre los peruanos que nos permita construir un futuro común de paz y bienestar para todos. Este es un punto crucial porque no todas las constituciones son democráticas ni son acuerdos. En un régimen autoritario, como fue el de Fujimori y Montesinos en la década de 1990, su constitución tuvo como fin imponer los objetivos de un pequeño grupo sobre los demás. En la época, se llamó a la constitución de 1993 una “declaración de guerra” por oposición al “acuerdo de paz” que necesitaba el Perú luego de la guerra interna.
Queremos entonces cambiar la declaración de guerra de 1993 por un acuerdo de paz. La constitución de 1993 fue hecha por un gobierno autoritario para quedarse, nosotros en cambio queremos una constitución hecha en un ambiente democrático para construir el Perú del futuro. Sin embargo, la constitución como acuerdo, demandará una extraordinaria apertura entre los diferentes sujetos políticos y sociales, porque supondrá no sumar agendas diversas, sino echar las bases para que este país de todas las sangres pueda crecer en un suelo común que le dé a todos condiciones y oportunidades para forjar su destino, tanto individual como colectivamente.
2. Legitimidad constitucional y quiebre de la hegemonía
Ahora bien, es preciso señalar los problemas de legitimidad que tiene la constitución de 1993 porque ellos van a influir en su deslegitimación actual. Lo primero es la ilegitimidad de origen. La constitución de 1993 es producto de un hecho de fuerza, el golpe de estado del cinco de abril de 1992, fue hecha por un “Congreso Constituyente Democrático” elegido en condiciones de dictadura y finalmente ratificada por un referéndum que en la época fue denunciado por fraudulento (Ver libro del Dr. Juan Chávez Molina, entonces miembro del JNE, “Mis votos singulares”). Todos estos hechos consagran el carácter írrito, viciado de origen de esta constitución. Sin embargo, las constituciones no sólo tienen legitimidad de origen, también ganan legitimidad en su ejercicio y es indudable que, mientras funcionó el modelo neoliberal que le dio sustento, ganó legitimidad entre la población. Esto sucedió tanto en dictadura, entre 1993 y el 2000, como en democracia, del 2000 hasta por lo menos el 2018.
La constitución de 1993 empieza a perder legitimidad de la mano de la quiebra de la hegemonía neoliberal, que sucede con el develamiento de la megacorrupción que atraviesa a la clase política a partir del escándalo por las coimas pagadas por Odebrecht y otras empresas, que salen a la luz de 2016 en adelante. La corrupción es el formidable disolvente de la legitimidad y de la hegemonía neoliberal que lleva al distanciamiento masivo de la ciudadanía de la política, de los partidos y de sus operadores, sean políticos, tecnócratas o grandes propietarios. Será solo luego de esta conmoción, causada por la corrupción, que la constitución de 1993 pierde el atractivo ideológico que tuvo tanto en dictadura como en democracia.
3. La crisis orgánica
La corrupción desata una crisis que es preciso caracterizar porque ella nos lleva a la situación actual. Tenemos una crisis inmediata, de coyuntura, tanto económica como política, que se configura como una crisis de gobierno. Esta es la crisis de las urgencias, sanitarias y de hambre, que es el origen inmediato de la inestabilidad actual. Pero tenemos también una crisis de régimen político, la democracia limitada que alumbra la transición del 2000 ha perdido capacidad de reproducción de sus instituciones, la gente ya no cree en ellas y las toma como un canal más en competencia con la informalidad y la ilegalidad. Y una crisis de Estado, de la forma de dominación y reproducción de los intereses de la clase dominante y el arreglo de poder fruto del golpe de 1992, que ya se reinventó una vez, el 2000 con Paniagua, pero que no logra reinventarse de nuevo porque la ciudadanía estima que ha fracasado. Esta última, quizás la más grave. La crisis en los tres niveles de la política: gobierno, régimen y estado; nos permite hablar, como diría Gramsci, de una crisis orgánica.
La crisis orgánica permite un análisis en tres tiempos: pasado, presente y futuro. En pasado, mirar hacia atrás, al fracaso de esta reinvención republicana, como república empresarial, lobista o neoliberal; como un cuestionamiento más de la república criolla que se fundara con la independencia de España. En presente, porque en su magnitud y profundidad, nos muestra los problemas estructurales que afrontamos como país. En futuro, porque nos da pie para pensar al país en otra orientación económica, social y política. Todas estas dimensiones son indispensables para una Nueva Constitución. Por último, esta crisis orgánica nos revela también la amenaza que significa para el control directo del estado que establecieron los grandes propietarios de1992 en adelante. De allí, la fuerza y terquedad con la que se aferran a sus posiciones de poder.
Por eso digo que la salida no está en remediar solo lo inmediato cambiando ministros, congresistas y/o presidenta. No es un problema de personas. Tampoco de hacer nada más “ingeniería institucional”, seguro necesaria pero inútil sino se hacen cambios más profundos. Luego de la caída del Muro de Berlín, que terminó con la época de los asaltos al poder, hay que desarrollar una estrategia de democratización social y política, para poder avanzar en la democratización del estado y de esta manera ir al fondo de las cosas. Una pieza clave en esta democratización es desatar un proceso constituyente.
4. Proceso y momento constituyentes
El proceso constituyente apunta a que el poder vuelva al pueblo soberano con el objetivo de lograr el acuerdo que señalamos líneas arriba. Sin embargo, desatar un proceso constituyente no es cosa fácil, porque si bien se ha empezado a quebrar la hegemonía neoliberal no se ha cambiado aún la correlación política de fuerzas, sin lo cual no procede el proceso señalado. Para activar el proceso constituyente hay que buscar producir un momento constituyente, es decir una coyuntura que dé actualidad a la lucha por una Nueva Constitución. La intensidad de la última coyuntura que vive el Perú creo que nos permite decir que hemos entrado de lleno a un momento de este tipo. Pero veamos qué fases tiene y en cuál estamos.
Me parece que se pueden distinguir cuatro fases: (1) debate de expertos, (2) opinión pública y organización constituyente, (3) conciencia cívica y, por último, (4) referéndum y eventual asamblea constituyente. No se trata de fases cancelatorias, unas tienen de las otras hasta el final. Creo que ya hemos pasado por la primera, que se dio en realidad desde la promulgación de la constitución de 1993 tiempo en el que no ha cesado el debate académico sobre su validez; hemos entrado de lleno en la segunda ya que el tema está en la agenda pública y empieza a expandirse la organización para el debate constituyente; nos faltan la tercera que tiene que ver con un cambio en la correlación de fuerzas políticas que permita viabilizar la última fase que es la convocatoria al referéndum sobre el punto y el funcionamiento de una asamblea constituyente. La tarea de la hora, por lo señalado, es convertir la coyuntura en un momento constituyente, sin atenuantes.
5. Poder constituido y poder constituyente
Para que se establezca un momento constituyente uno de los temas cruciales es la relación entre poder constituido y poder constituyente. Poder constituido son las instituciones del viejo régimen, cuestionadas hoy día, y poder constituyente el movimiento en curso que va tomando el carácter de poder originario —de allí su fuerza— y que esperemos le de vida a nuevas instituciones. Sin embargo, al apostar por un camino reformista, de democratización social y política, que apunta a un cambio de correlación de fuerzas por una vía democrática, debemos avanzar a una relación dialéctica entre el poder constituido y poder constituyente. Una relación que logre el liderazgo del poder constituyente para que las instituciones existentes faciliten el camino a una Nueva Constitución. Esto que a primera vista parecería imposible, es el punto crítico de paso de la tercera a la cuarta fase del momento constituyente y se encuentra definido por la convocatoria al referéndum de entrada para preguntarle a la ciudadanía si desea una Nueva Constitución y por qué mecanismo.
Pero, a la vez que existe un momento constituyente, también existe otro destituyente, que no es otra cosa que la descomposición de las instituciones del viejo régimen, tanto por acción de quienes quieren una Nueva Constitución como por su propia obsolescencia que las vuelve incapaces para enfrentar nuevos tiempos. El proceso constituyente, sin embargo, al seguir un camino reformista, no será todo nuevo y al tomar fuerza deberá pactar en algún punto con lo viejo para poder seguir adelante. Esto dependerá de la dinámica de la lucha política y el desarrollo de la correlación de fuerzas entre los que apoyan y los que se oponen al proceso constituyente.
Un buen ejemplo al respecto y que es cada vez más actual, es el uso de algunas instituciones del viejo régimen para producir la transformación. Es el caso de los caminos de cambio constitucional en el texto actual de 1993, que es una carta con fuertes candados para el cambio que más bien rechaza antes de contemplar la posibilidad de una Nueva Constitución. Aunque, como ya he señalado antes, existe una resolución del pleno del Tribunal Constitucional, cuando Javier Alva Orlandini era presidente de este, en enero de 2003 (en respuesta a la demanda del Colegio de Abogados del Cusco, expediente 00014-2002-AI), donde señala que existe la posibilidad de que el Congreso de la República, entre los caminos para cambiar la constitución, incluya en el texto constitucional la convocatoria a un referéndum para preguntarle al pueblo si desea una asamblea constituyente. Nuevamente, lo que se muestra y lo que se oculta va al ritmo de los tiempos.
6. Los ejes del cambio constitucional
De manera muy resumida quisiera señalar cinco ejes en torno a los cuáles creo que se debe dar el debate sobre una Nueva Constitución.
El primero y la cuestión primordial en el debate, es el rediseño de la identidad del Perú como un país pluricultural y multilingüe. Creo que la identidad explícita o implícita de un país blanco de ancestro europeo que subyace a las doce constituciones de la historia republicana debe ser dejado de lado. Esto debe ayudarnos a asumir nuestra realidad de nación en formación, que sobre la base de nuestros pueblos originarios y en el proceso de desarrollo capitalista ha recibido el influjo occidental, africano y asiático, creando nuevos sujetos sociales que expresan al Perú de todas las sangres.
El segundo, es la redefinición de los derechos fundamentales, como un sistema de derechos, en el que el agregado de nuevos derechos redefine al conjunto, es decir la condición ciudadana del peruano del futuro. En este sentido, favorezco el énfasis en los derechos sociales y culturales, pero también en cómo esto afecta el ejercicio de los derechos civiles y políticos.
El tercero, la influencia de los derechos en la organización del poder o lo que se llama la “casa de máquinas del poder”, para hacerlos efectivos. Esto significa la articulación, siempre esquiva, entre la democracia participativa que nos debe tocar a todos, para controlar a la democracia representativa de los profesionales de la política. De esta manera, por la vía del control del poder, avanzar en la transparencia de la gestión pública.
El cuarto, una nueva perspectiva en el apartado económico que termine con el modelo neoliberal y vaya a una visión plural que recupere lo público y lo social para articularlos con la iniciativa privada y el mercado, de tal manera que potencien el desarrollo nacional y la integración latinoamericana, para permitirnos entrar en la globalización con espacio e intereses propios.
El quinto, una reorganización de la descentralización que suponga una redefinición de los territorios y haga viable el desarrollo armónico y articulado de estos. Asimismo, una reforma política que establezca los controles necesarios para evitar la corrupción también a nivel regional y local.
7. La refundación del Perú
Por último, la Nueva Constitución tiene como objetivo la refundación del Perú como una república democrática y social, en el más pleno sentido de la palabra. ¡Ojo! Que no se trata de fundación sino de refundación, porque hay que asumir todo lo bueno de estos 200 años de historia, tanto desde el movimiento popular que por la vía de grandes olas democratizadoras como la actual ha traído derechos y reconocimientos, como desde el propio estado que, en sus momentos reformistas, como el velasquismo, impulsó también la democratización. Pero hay necesidad, con estas salvedades, de un nuevo comienzo que sea ruptura más que continuidad.
El reto es doble, porque a diferencia de otras latitudes debemos construir nación y democracia al mismo tiempo. Hay que terminar con la herencia colonial el lastre mayor que nos impide ambas cosas. Formar la nación en nuestra diversidad será por ello la manera de forjar una identidad, diversa y plural, en cuyo proceso construyamos la democracia que convoque a todos los peruanos sin distinción y que por ello pueda durar en el tiempo para las futuras generaciones.