Novedades y vacíos de la nueva ley universitaria
Hace pocos día el Congreso de la República aprobó una nueva ley universitaria.
Hace pocos día el Congreso de la República aprobó una nueva ley universitaria. En Otra Mirada creemos que es un paso adelante en el proceso, largo y complejo, de reforma de la universidad peruana. Además en lo inmediato significa la derrota de las mafias que se han apropiado de diversas universidades públicas y que promueven el “negocio rápido” en muchas universidades privadas, con el apoyo de los sectores más retrógrados de la política nacional como es el caso del fujimorismo y el Partido Aprista. En esa perspectiva, presentamos lo que consideramos son los avances producidos así como los vacíos más importantes.
Consideraciones Generales
- Define a la universidad como una comunidad de docentes, estudiantes y graduados, más allá de que sea pública o privada, con o sin fines de lucro. Ellos son los agentes de la universidad y su presencia se expresa en los órganos de gobierno.
- No se entiende la autonomía como autarquía de cada universidad, lo que ha conducido a la corrupción actual, sino como la independencia necesaria para el ejercicio responsable de la actividad académica y administrativa en los marcos de la Constitución y la ley.
- Establece una entidad reguladora, llamada superintendencia, que vela por la calidad de la educación universitaria y se encarga de dar o negar autorización para el funcionamiento de las universidades.
- Reúne toda la legislación sobre la universidad que se encontraba dispersa en cinco normas con rango de ley, en una sola pieza legislativa.
Reformas Académicas
- Establece un régimen académico flexible para que cada universidad lo adecúe a sus necesidades.
- Señala la obligatoriedad de los estudios generales.
- Pone con claridad los requisitos para acceder a grados académicos y título profesional, buscando evitar el facilismo para conseguir los mismos.
- Devuelve el trabajo final de investigación o tesina para obtener el bachillerato.
- Promueva la investigación al señalar que es una actividad obligatoria, en sus distintos niveles, para cada universidad.
- Establece la categoría de profesor investigador con un 50% de bonificación sobre su haber total.
- Se establece el vice rectorado de investigación y el vice rector administrativo pasa a ser un director de administración nombrado por el rector.
Gobierno Universitario
- Elección directa, por voto universal y ponderado, de las autoridades en las universidades públicas.
- Rector y vice rectores son elegidos en una sola “plancha” para evitar posteriores desacuerdos entre ellos.
- La comunidad universitaria (profesores y estudiantes) debe expresarse en el gobierno de las universidades privadas.
- Consejo Universitario y Consejo de Facultad se convierten en órganos con menos número de integrantes. (En San Marcos CU pasaría de 41 a 13).
- Que el Comité Electoral que inicia el proceso de cambio de autoridades esté conformado por los profesores más antiguos en cada categoría y por los alumnos con mejores notas, para así evitar el control de la elecciones por los grupos mafiosos.
Docencia
- Mayores exigencias (maestría y doctorado de acuerdo al nivel) para el desempeño de la labor docente.
- 25% de docentes a tiempo completo debe haber, en un plazo de cinco años, en cada universidad.
Universidades privadas
- No pueden convertirse de privadas sin fines de lucro a privadas empresas.
- Debe de rendir cuentas al órgano regulador (superintendencia) sobre su estándar académico y sus cuentas.
- Para acceder a la exoneración de impuestos deben de señalar con claridad a la SUNAT en qué reinvierten sus ganancias.
- Deben tener algún tipo de actividad de investigación.
Estudiantes
- Los estudiantes que desaprueben una materia en tres oportunidades serán separados de la universidad por un año para luego de ello tener la oportunidad de cursarla por cuarta vez, si en la cuarta oportunidad son jalados se procederá a la separación definitiva.
- Para ser representantes estudiantiles deben pertenecer al tercio superior de estudiantes en términos de calificaciones académicas.
- Los representantes estudiantiles no pueden realizar ningún tipo de cobro por su actividad de representación.
No se logró
- Concebir al conjunto universitario como un sistema que pueda producir sinergias entre universidades públicas y privadas e instituciones de una misma macro región.
- Que el órgano regulador o superintendencia fuera conformado por profesores elegidos y que este tuviera funciones de planificación del conjunto del sistema universitario.
- Que tuviera el nombre universitario de Consejo en vez del nombre represivo de Superintendencia.
- Que la acreditación sea obligatoria.
- Que solo dieran títulos a nombre de la nación las universidades que aprobaran la evaluación de calidad.
- No establece con calidad la carrera de investigador y más bien se la liga a la competencia eventual por proyectos.
- Que se mantenga la anulación del límite de edad (70 años) para la docencia universitaria, mientras no haya un sistema de jubilación decente.
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